miércoles, 3 de julio de 2013

CÓDIGO DE LA ETICA

·         Integridad
El Contador Público deberá mantener incólume su integridad moral, cualquiera que fuere el campo de su actuación en el ejercicio profesional. Conforme a esto, se espera de él, rectitud, probidad, honestidaddignidad y sinceridad, en cualquier circunstancia.

Dentro de este mismo principio quedan comprendidos otros conceptos afines que, sin requerir una mención o reglamentación expresa, puedan tener relación con las normas de actuación establecidas. Tales conceptos pudieran ser los de conciencia moral, lealtad en los distintos planos, veracidad como reflejo de una realidad incontrastable, justicia y equidad con apoyo en el derecho positivo.
  • Objetividad
La objetividad representa ante todo imparcialidad y actuación sin prejuicios en todos los asuntos que corresponden al campo de acción profesional del contador público. Lo anterior es especialmente importante cuando se trata de certificar, dictaminar u opinar sobre los Estados Financieros de cualquier entidad. 
Esta cualidad va unida generalmente a los principios de integridad e independencia y suele comentarse conjuntamente con esto.
  • Independencia
En el ejercicio profesional, el Contador Público deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a cualquier interés que pudiere considerarse incompatible con los principios de integridad y objetividad, con respecto a los cuales la independencia, por las características peculiares de la profesión contable, debe considerarse esencial y concomitante.
Los Principios Éticos que rigen la conducta profesional de los Contadores Públicos, no se diferencian sustancialmente de los que regulan la de otros miembros de la sociedad.
  • Responsabilidad
Sin perjuicio de reconocer que la responsabilidad, como principio de ética profesional, se encuentra implícitamente comprendida en todas y cada una de las normas de ética y reglas de conducta del Contador Público, es conveniente y justificada su mención expresa como principio para todos los niveles de la actividad contable.
  • Confidencialidad
La relación del contador público con el usuario de sus servicios es el elemento primordial en la práctica profesional. Para que dicha relación tenga pleno éxito debe fundarse en un compromiso responsable, leal y auténtico al cual impone la más estricta reserva profesional.
  • Observancia de las disposiciones normativas
El Contador Público deberá realizar su trabajo cumpliendo eficazmente las disposiciones profesionales promulgadas por el Estado y por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública aplicando los procedimientos adecuados debidamente establecidos.
  • Competencia y actualización profesional
El Contador Público sólo deberá contratar trabajos para lo cuál el o sus asociados o colaboradores cuenten con las capacidades e idoneidad necesaria para que los servicios comprometidos se realicen en forma eficaz y satisfactoria.
Igualmente el Contador Público, mientras se mantenga en ejercicio activo, deberá considerarse permanentemente obligado a actualizar los conocimientos necesarios para su actuación profesional y especialmente aquellos requeridos por el común y los imperativos del progreso social y bien común.
  • Difusión y colaboración
El Contador Público tiene la obligación de contribuir de acuerdo con sus posibilidades personales, al desarrollo, superación y dignificación de la profesión, tanto a nivel institucional como en cualquier otro campo que, como los de la difusión o de la docencia, le sean asequibles.
El Contador Público debe tener siempre presente que la sinceridad, la buena fe y la lealtad para con sus colegas son condiciones básicas para el ejercicio libre y honesto de la profesión y para la convivencia pacífica, amistosa y cordial de sus miembros.
  • Conducta ética
El Contador Público deberá abstenerse de realizar cualquier acto que pueda afectar negativamente la buena reputación o repercutir en alguna forma en descrétido de la profesión, tomando en cuenta que, por la función social que implica el ejercicio de su profesión, la importancia de la tarea que la sociedad le encomienda como experto y la búsqueda de la verdad en forma totalmente objetiva.
Los principios básicos de ética son aplicables a todo Contador Público por el solo hecho de serlo, sin importar la índole de su actividad o la especialidad que cultive, tanto el ejercicio independiente o cuando actúe como funcionario o empleado de instituciones públicas o privadas, en cuanto sea compatible con sus funciones.

EL CÓDIGO DE ÉTICA:
Para lograr una mayor especialización del campo de acción de la ética se utilizan los Códigos de Ética, los cuáles no son más que una compilación de las normas y reglas que determinan el comportamiento ideal o más apropiado para un grupo específico de profesionales. Las reglas de este código pueden estar escritas (como en los casos de la Medicina o el derecho) o ser implícitas. Por lo general un código de ética escrito no contiene todas las normas implícitas del comportamiento del profesional, porque se sobreentiende que toda persona que llega a un grado de profesional posee cierta formación y criterio de lo que se debe o no se debe hacer durante su desempeño como profesional.
Ya tomándolo de manera específica con nuestra carrera, pudimos notar la ausencia de un código de ética para el administrador de empresas , ya que a lo más cercano a lo que llegamos fue al código de ética para contadores, pero este no posee las normas específicas que debe seguir un administrador de empresas. Dado este hecho consideramos una serie de factores y hechos que debe de tener en cuenta un administrador para realizar una labor profesional a conciencia sin tener como se dice comúnmente "cola que le pisen". A continuación planteamos de manera detallada los principales aspectos que debería, a nuestro juicio, poseer un Código de Ética para el Administrador de Empresas.
El Administrador de Empresas tiene el deber de hacer su trabajo al máximo de su capacidad. No puede desempeñarse mediocremente de manera intencional.
Como ente social y moral, el administrador debe anteponer su formación y valores morales a sus acciones en la empresa.
El administrador debe anteponer el bienestar de la empresa a las cuestiones personales, ya sean propias, de colegas o subalternos.
El administrador tiene el deber de mantener en secreto las informaciones que, de ser reveladas, perjudicarían a la empresa.
El administrador tiene el deber de hacerse responsable ante los clientes y la sociedad por las acciones que dirige dentro de la empresa.
El administrador como ente moderador entre las partes de la empresa no puede tomar actitudes que lo lleven a parcializarse con alguna de las partes (amistad, relaciones externas).
El administrador tiene el derecho de prohibir dentro de la empresa comportamientos y acciones que atenten contra la moral y las buenas costumbres o el desempeño de la empresa.
El administrador debe exhibir una conducta ejemplar, tanto frente a sus subalternos como a sus superiores, así como dentro y fuera de la empresa.
El administrador debe anteponer el bienestar social al de la empresa en todo momento.
En caso del manejo financiero, el administrador tiene la obligación tanto moral como legal de no hacer uso indebido de los fondos de la empresa.
El administrador debe evitar cualquier tipo de discusiones personales en el ambiente laboral, creando las condiciones óptimas dentro del clima organizacional.
El administrador tiene el derecho y el deber de protestar en caso de que considere que sus superiores han tomado una decisión errónea que vaya a perjudicar el funcionamiento de la empresa.
El administrador tiene el deber de denunciar cualquier acción incorrecta que se produzca en su sitio de trabajo.
El administrador debe respetar las ideas de sus colegas o subalternos y tomarlas en cuenta en caso que pudiesen beneficiar la empresa.
Del mismo modo, el administrador no puede apropiarse de acciones o ideas de sus colegas o subalternos y darle el crédito que se merece el responsable de las mismas.
El administrador de empresas tiene el deber de seguir los lineamientos de dirección de la empresa impuesto por sus superiores.
Al dar un servicio u ofrecer un producto debe garantizar la satisfacción del cliente.
Los códigos de ética permiten determinar patrones y expectativas que pueden ser previsibles en una empresa.  A pesar de ello, existe aún un gran debate sobre la importancia de contar con un código.  La valorización final de la implementación le corresponde a la gerencia de una empresa en particular.  A continuación se citan algunos beneficios para las empresas de contar con un código de ética. 
1.    BENEFICIOS INTERNOS:
 Enmarca la actuación de los colaboradores y orienta al empresario a actuar con  imparcialidad.  Los códigos de ética no solamente fijan las expectativas corporativas de actuación de los colaboradores, sino que son aplicables a todas las personas de la organización, gerencia y directores.  Esto hace que todos los participantes de la empresa se ordenen bajo los mismos principios.    Indica las pautas de conducta y los criterios por los cuales se regirán todos los colaboradores de la organización al realizar acciones o tomar decisiones en el contexto de los negocios.  Esto coloca a todos los integrantes de la empresa bajo los mismos principios. Los códigos permiten tener pautas de conducta y criterios generales para resolver problemas; trato con clientes, proveedores, y otros grupos interesados;  puede documentarse la forma como se han resuelto situaciones y conflictos en el pasado; establece premios y castigos.     Crea lealtad y colaboración de los colaboradores hacia la empresa. El tener un código de ética crea un ambiente y seguridad laboral que promueve la lealtad de los colaboradores a los mejores y más nobles intereses de la empresa. Motiva a los colaboradores. Un código de ética implementado y apoyado desde la gerencia de la empresa, donde ésta invierte en establecer una cultura ética interna, motiva a los colaboradores a ser partícipes de este proyecto.    Mejora la rentabilidad y reduce los costos funcionales. Un código de ética y los valores contenidos en éste velan por mejorar la eficiencia, reduciendo la necesidad de una supervisión directa sobre la conducta de los colaboradores, evitando su permanente rotación. Protección de los intereses económicos.  El  cumplimiento de un código de ética protege los intereses económicos de la empresa pues establece normas para salvaguardar los activos tangibles e intangibles. 
2. BENEFICIOS EXTERNOS:

 Prevé conflictos. La aplicación del código previene o minimiza situaciones de riesgo para la empresa, ya que los temas se tratan internamente, antes que éstos estén regulados por la ley.     Mejora la confianza de los inversionistas. Las empresas que tienen y aplican un código de ética generan una mayor confianza y certeza a sus accionistas, quienes confían en que su inversión generará la rentabilidad ofrecida cumpliendo con los principios éticos establecidos. Por ende, las actuaciones de la gerencia y los colaboradores están respaldadas por la transparencia y los valores en los que cree la organización.   Atrae a personas altamente calificadas.  Atrae a profesionales quienes ansían laborar en la empresa por el  hecho de hacer público los valores y la cultura organizacional.   Mejora la imagen corporativa ante la sociedad. La existencia de un código de ética práctico y razonable, bien fundamentado y coherente, es un elemento clave de la legitimidad y permite ganar el respeto y lealtad de los clientes, proveedores  y comunidades, entre otros públicos interesados. o    Entrega un mensaje sincero a los públicos interesados fuera de la empresa.  Un código de ética establece y proyecta una imagen concreta y sincera respecto del fuerte compromiso con que una empresa maneja corporativamente sus negocios con sus proveedores, comunidad, estado, y otros públicos interesados.   Desincentiva la corrupción en las compañías competidoras. Le permite  a la empresa enfrentar  situaciones o acciones en que la competencia actúa fuera de los parámetros de la ética empresarial.

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